Dictan normas para la adquisición de planes de protección a los turistas

05.12.2013 13:18

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La medida cubre gastos médicos de emergencia y accidentes sobrevenidos, así como la compensación en caso de pérdida, robo o hurto del equipaje

El ministerio del Poder Popular para el Turismo (Mintur) dictó las normas para la adquisición de un Plan de Cobertura de Gastos Médicos para Viajeros internacionales y contra la Pérdida, Hurto o Robo del Equipaje, con el objetivo de generar políticas de incentivos y regulaciones dirigidas a favorecer y apoyar el desarrollo del sector en el país.

La medida obliga a los prestadores de servicios turísticos de transporte terrestre, acuático y aéreo internacional y a las agencias de viajes, ofrecer a las personas que se trasladen con origen o destino el territorio venezolano, los planes que garanticen el acceso a los servicios médicos y a la compensación en caso de pérdida o hurto del equipaje.

Estas normas quedan establecidas en la Gaceta Oficial N° 40.308 de fecha 4 de diciembre del 2013 que circula este jueves.

Los prestadores de servicios de transporte turístico internacional y las agencias de viajes deben notificar a los turistas, al momento de la venta de los boletos o pasajes, sobre el carácter obligatorio de la adquisición de estos planes.

El costo del plan de cobertura de servicios médicos para viajeros y perdidas, hurto o robo de equipaje será adicional al del boleto o pasaje, por ello, los prestadores de servicios de transporte turístico internacional o las agencias de viajes deben notificar la cuantía del mismo y las inclusiones y exclusiones al Mintur y a los y las turistas.

Cada plan deberá señalar específica y expresamente los servicios incluidos y amparados, así como indicar el monto máximo para gastos médicos de emergencia y accidentes sobrevenidos. El límite que cubra no debe ser menos a veinticinco mil derechos especiales de giro (25.000 DGE).

En caso de pérdida o robo de equipaje, el monto máximo será hasta seiscientos derechos especiales de giro (600 DGE).

Los DEG es un activo de reserva de divisas internacional definido y mantenido por el Fondo Monetario Internacional y son definidos en términos de una cartera de monedas fuertes utilizadas en el comercio internacional y las finanzas. En la actualidad, las monedas en la cartera son el euro, la libra esterlina, el yen y el dólar estadounidense.

Texto/José Sinue Vargas
Fuente/Gaceta Oficial N° 40.308
Foto/Archivo