Gaceta Oficial N° 41.157 Oficializado aumento del salario mínimo obligatorio de 20% en todo el territorio nacional

02.05.2013 13:51

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A partir de este 1° de Mayo de año en curso los trabajadores y trabajadoras comenzarán a percibir Bs. 2.457,02 mensuales, lo que es igual a Bs. 81,91 céntimos diarios por jornada

El presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, a través del Decreto N° 30 fijó el nuevo salario mínimo mensual obligatorio en todo el territorio nacional para trabajadores y trabajadoras que presten servicios en el sector público y privado.

La decisión queda oficializada en la Gaceta Oficial N° 41.157 de fecha martes 30 de abril del 2013.

El incremento de 20% comenzó a regir a partir de este 1° de Mayo del año en curso, el cual ubica el salario en Bs. 2.457,02 mensuales, lo que es lo mismo a Bs. 81,91 céntimos diarios por jornada diurna.

Asimismo, se fijó el monto mínimo de las pensiones de los jubilados y jubiladas, pensionados y pensionadas de la administración pública, el salario mínimo obligatorio establecido en el referido Decreto.

El salario mínimo fijado por el Gobierno Bolivariano debe ser pagado en dinero en efectivo y no comprenderán, como parte de los mismos, ningún tipo de salario en especie.

REGLAMENTO DE LA LOTTT

En la misma publicación oficial quedó establecido el nuevo reglamento parcial con rango, valor y fuerza de ley orgánica del trabajo, los trabajadores y las trabajadoras sobre el tiempo de trabajo.

Durante los actos conmemorativos del Día Internacional del Trabajador, este miércoles el jefe de Estado firmó el referido ordenamiento legal el cual entra en vigencia a partir de este jueves, referido a la modificación de los horarios de la jornada ordinaria, jornada de tiempo parcial, limitación a la prolongación de jornada, tiempo de descanso y alimentación, descanso semanal, descanso compensatorio, entre otros beneficios laborales.

Texto/José Sinue Vargas
Foto/Archivo