TSJ admite amparo de Robert Alvarado Contra la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua

22.04.2014 20:36
Notiyaradigital

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TSJ admite amparo de Robert Alvarado

 

 

 

 

 

 

 

 

Foto: Web

En horas de la tarde del día de hoy, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia le admitió al abogado y columnista Robert Alvarado una Acción de Amparo Constitucional contra la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, por su conducta omisiva en el sonado caso del empresario y dirigente político yaracuyano Kamel Salame.

El escrito contentivo de la Acción de Amparo Constitucional fue presentado por Robert Alvarado ante la Secretaría de la Sala Constitucional el 9 de abril del presente año, siendo admitido hoy 21 de abril de 2014 tras la designación de la Magistrada Dra. Carmen Zuleta de Merchán como ponente en este caso, signado bajo el Número AA50T2014000360, en el cual le corresponderá decidir sobre las violaciones a los derechos constitucionales que habría cometido la Corte de Apelaciones en complicidad con Mary Carmen Amarista Herrera, Jueza Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua.

Vale destacar que la jueza Mary Carmen Amarista Herrera ha sido denunciada en diversas oportunidades por el abogado Alvarado ante la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Inspectoría General de Tribunales, Defensoría del Pueblo y Fiscalía General de la República por irregularidades procesales tales como las que motivaron el amparo constitucional admitido por el Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de que la Corte de Apelaciones de ese Circuito Judicial, mejor conocido como la Guillotina Judicial de Venezuela, camufló con su conducta omisiva el hecho de que esa jueza no garantiza la celeridad procesal ni la buena marcha de la administración de justicia como lo corrobora la decisión del Tribunal Supremo de Justicia en relación a la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por Robert Alvarado en su contra.

En opinión del jurista Robert Alvarado la omisión de la Corte de Apelaciones constituye una lesión constitucional directa y expresa a los derechos a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y la libertad, consagrados en los artículos 26, 49 y 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en este sentido justificó su acción de amparo recordando palabras de la Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Magistrada Dra. Gladys María Gutiérrez Alvarado, quien dejó sentado en la jurisprudencia patria que “cuando no se observen respuestas o haya una dilación procesal indebida los interesados pueden acudir a la vía de amparo”.

Fuente/Analitica.com/Sucesos